El futuro del coronel
El juez anula el cese del coronel de la Guardia Civil que rechazó informar a sus superiores de la investigación del 8-M
La Audiencia Nacional ha anulado el cese “ilegal” del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid y ha condenado al Ministerio del Interior a que le readmita en el puesto.
Tal y como ha adelantado este miércoles EL MUNDO, la sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo 8 concluye que el motivo del cese del coronel no fue la pérdida de confianza, como sostuvo el ministro Fernando Grande-Marlaska en el Congreso, sino una represalia por haber mantenido el secreto que le exigía la juez del ‘caso 8-M’ y no haber informado a los superiores del desarrollo de esa investigación.
“Lo que es indiscutible es que a pesar del deber legal de reserva y de la orden expresa de la magistrada, se cesó al recurrente por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil, en el marco operativo y de Policía Judicial”, añade la extensa resolución, de 72 folios, que estima el recurso del coronel.
La causa sobre la que Interior pretendía estar informado era especialmente delicada desde el punto de vista político, ya que afectaba a la actuación del Gobierno en los inicios de la pandemia del coronavirus. Tenía como imputado al delegado del Gobierno y máximo responsable del PSOE en Madrid, José Manuel Franco y amenazaba con alcanzar a Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias.
La propuesta de cese de la entonces máxima responsable de la Guardia Civil indicaba que la medida se adoptaba porque el coronel no había proporcionado datos de la causa “con fines de conocimiento”. “No constando en modo alguno qué información se consideraba que debería haber comunicado el recurrente en su condición de jefe de la Comandancia de Madrid, no podemos concluir más que el motivo de la decisión discrecional de cese era ilegal, en tanto que el cese estuvo motivado por cumplir con lo que la ley y el expreso mandato judicial ordenaban tanto a la UOPJ [Unidad Orgánica de la Policía Judicial] como a sus superiores, no informar del desarrollo de las investigaciones y actuaciones en curso; lo que, entre otras cosas, podría haber sido constitutivo de un ilícito penal”, afirma el magistrado Celestino Salgado.
La sentencia reprocha que la reclamación de información al mando de la Guardia Civil se hiciera “a pesar de ser conscientes” de ese deber general de reserva y de “conocer la orden expresa de guardar rigurosa reserva” impartida por la juez que investigaba el 8-M.
Arbitrariedad
En su sentencia, que Interior ha anunciado ya que recurrirá, el magistrado indica que ni siquiera el hecho de tratarse de un cargo “discrecional” habría permitido a Interior actuar como lo hizo. Por el contrario, el magistrado señala que estamos “ante un claro ejercicio desviado de la potestad discrecional”.
La resolución considera que, aunque se tratara de un cargo discrecional basado en la confianza, el cese de Pérez de los Cobos no era un acto absolutamente libre en manos de sus superiores, como había defendido Interior al oponerse al recurso. El magistrado resalta que la legalidad no puede ser arrinconada por la discrecionalidad, sino que, por el contrario, las potestades discrecionales deben ejercitarse dentro de la legalidad.
“El actuar discrecional no puede ser un medio para atentar contra la legalidad o menoscabar la legalidad a la que todos, en definitiva, estamos sujetos”, concluye el juez.
Cinco motivos de nulidad
El recurso del coronel alegaba que el acuerdo de cese debía considerarse nulo por cinco motivos distintos. El primero, por la falta de motivación ya mencionada. El segundo, “porque afectó a su carrera profesional “en un momento especialmente relevante”, el de la evaluación para el ascenso al empleo de general de Brigada.
El tercero, porque las informaciones publicadas vulneraron su derecho fundamental al honor, de la misma forma que también se vulneró el fundamental a la legalidad sancionadora al encubrirse como sanción algo que no tenía base para sancionarse.
Finalmente, el quinto motivo de nulidad era que con su actuación Interior cayó en “una patente desviación de poder”, ya que “bajo la apariencia” de un cese por pérdida de confianza “se encubre, en realidad, la represión de una conducta que, según todas las evidencias, defraudó a los órganos superiores del Ministerio del Interior”.
La sentencia concluye ordenando al Ministerio del Interior que reponga a Diego Pérez de los Cobos en la jefatura de la Comandancia y que pague tanto lo que ha dejado de percibir desde el cese como las costas del recurso.
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